065. CIENCIA DE LOS MATERIALES E INGENIERÍA METALÚRGICA
083. CIENCIAS Y TÉCNICAS DE LA NAVEGACIÓN
115. CONSTRUCCIONES NAVALES
250. ELECTRÓNICA
295. EXPLOTACIÓN DE MINAS
495. INGENIERÍA AEROESPACIAL
500. INGENIERÍA AGROFORESTAL
505. INGENIERÍA CARTOGRÁFICA, GEODÉSICA Y FOTOGRAMETRÍA
515. INGENIERÍA DE LOS PROCESOS DE FABRICACIÓN
520. INGENIERÍA DE SISTEMAS Y AUTOMÁTICA
525. INGENIERÍA DEL TERRENO
530. INGENIERÍA E INFRAESTRUCTURA DE LOS TRANSPORTES
535. INGENIERÍA ELÉCTRICA
540. INGENIERÍA HIDRÁULICA
545. INGENIERÍA MECÁNICA
550. INGENIERÍA NUCLEAR
555. INGENIERÍA QUÍMICA
565. INGENIERÍA TEXTIL Y PAPELERA
590. MÁQUINAS Y MOTORES REMICOS
600. MECÁNICA DE FLUIDOS
605. MECÁNICA DE MEDIOS CONTINUOS Y TEORÍA DE ESTRUCTURAS
700. PRODUCCIÓN ANIMAL
705. PRODUCCIÓN VEGETAL
710. PROSPECCION E INVESTIGACIÓN MINERA
780. TECNOLOGÍA DE ALIMENTOS
785. TECNOLOGÍA ELECTRÓNICA
790. TECNOLOGÍAS DEL MEDIO AMBIENTE
035. ARQUITECTURA Y TECNOLOGÍA DE COMPUTADORAS
075. CIENCIA DE LA COMPUTACIÓN E INTELIGENCIA ARTIFICIAL
250. ELECTRÓNICA
520. INGENIERÍA DE SISTEMAS Y AUTOM ÁTICA
535. INGENIERÍA ELÉCTRICA
560. INGENIERÍA TELEMÁTICA
570. LENGUAJES Y SISTEMAS INFORMÁTICOS
785. TECNOLOGÍA ELECTRÓNICA
800. TEORÍA DE LA SEÑAL Y COMUNICACIONES
100. COMPOSICIÓN ARQUITECTÓNICA
110. CONSTRUCCIONES ARQUITECTÓNICAS
300. EXPRESIÓN GRÁFICA ARQUITECTÓNICA
305. EXPRESIÓN GRÁFICA DE LA INGENIERÍA
505. INGENIERÍA CARTOGRÁFICA, GEODÉSICA Y FOTOGRAMETRÍA
510. INGENIERÍA DE LA CONSTRUCCIÓN
525. INGENIERÍA DEL TERRENO
530. INGENIERÍA E INFRAESTRUCTURA DE LOS TRANSPORTES
605. MECÁNICA DE MEDIOS CONTINUOS Y TEORÍA DE ESTRUCTURAS
715. PROYECTOS ARQUITECTÓNICOS
720. PROYECTOS DE INGENIERÍA
815. URBANÍSTICA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Fuente: Resolución de 18 de noviembre de 2009, de la presidencia de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se establecen los criterios específicos de cada uno de los campos de evaluación (BOE 09/12/2009. Apéndice II)
Las aportaciones solo serán valorables si significan progreso real del conocimiento o desarrollo tecnológico medible dentro del ámbito y de las áreas de conocimiento descritas a continuación.
Patentes concedidas por la Oficina Española de Patentes y Marcas mediante el sistema de examen previo.
Se tendrá en cuenta la extensión de la protección de la patente (nacional, europea, internacional), valorándose más la de protección más extensa.
Se considerarán aportaciones muy relevantes las patentes en explotación con extensión internacional.
Evaluación positiva – Requisitos mínimos Deberán cumplir al menos alguno estos requisitos mínimos*: |
Subcampo 6.1 Tecnologías Mecánicas y de la Producción |
|
*Consultar siempre el literal de los criterios mínimos en el texto de la Resolución
Fuente: Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. [BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022]
Nº de autorías - El número de firmantes deberá estar justificado por el tema, su complejidad y extensión. En todo caso, si este número es superior a 4, la valoración podrá reducir la calificación asignada a una aportación, excepto en casos justificados por la interdisciplinariedad o por la participación en la publicación de miembros de diferentes organismos.
Artículos: publicados en revistas de reconocida valía, aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes dentro del listado correspondiente a su categoría científica en el «Journal Citation Reports (JCR) Science Edition».
Quedan excluidas de este punto aquellas aportaciones que aunque estén publicadas en estos medios de reconocida valía no tengan una mínima extensión, como notas o discusiones de otros artículos.
JCR de referencia - será el del año de publicación del artículo. Para artículos publicados en el año de la convocatoria será el último JCR publicado.
Fuente: Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. [BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022]
Libros y capítulos de libros: publicados en editoriales de reconocido prestigio, especialmente internacional, y con un procedimiento selectivo para la aceptación de originales (según sistemas reseñados en el Scholarly Publishers Indicators).
También podrán tenerse en cuenta editoriales que hayan obtenido el sello de Calidad en Edición Académica (CEA-APQ)
Se tendrá en cuenta también:
En todo caso, los criterios requeridos en el Apéndice de esta Resolución.
Quedan específicamente excluidas de este punto las comunicaciones a congresos publicadas en un libro de actas.
Fuente: Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. [BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022]
Los desarrollos tecnológicos importantes que involucren aspectos innovadores y estén reconocidos como tales por la comunidad científico-tecnológica.
Se tendrá en cuenta el grado de innovación por medio de su nivel de madurez tecnológica TCR, que ha de ser superior a 5.
Fuente: Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. [BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022]
NO serán consideradas relevantes para la evaluación los siguientes tipos de publicaciones:
Los libros de texto, programas, apuntes o casos prácticos que tengan carácter de material docente.
Los libros de carácter profesional que no puedan considerarse libros de investigación por no incluir aportaciones originales contrastables en relación con el tema abordado.
Los libros y artículos de divulgación, así como los artículos en revistas de información general.
Las ediciones de textos o las traducciones, salvo que se consideren de singular relevancia, incluyan estudios preliminares o notas que sean fruto de una investigación personal y supongan una aportación apreciable a su campo temático.
Las meras revisiones recopilatorias, sin ninguna aportación original, aunque estén publicadas en revistas indexadas.
La gestión de la investigación, que en ningún caso debe confundirse con la investigación propiamente dicha.
Los informes o dictámenes derivados de proyectos de investigación o contratos de I+D+i, emitidos con carácter interno, que no estén publicados en medios de difusión de calidad contrastada.
La actividad profesional que no incorpore innovación, y como tal aparezca reconocida en alguna publicación de impacto nacional o internacional.
Realización o dirección de Tesis Doctorales. Lo que se valora son las publicaciones derivadas de las mismas.
Aportaciones a Comités o entidades de normalización.
Las aportaciones extraordinarias que no se puedan incluir en cualquiera de los apartados de valoración solo se tomarán en consideración en el caso de que constituyan méritos de excepcional relevancia.
Fuente: Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. [BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022]
Nº de autorías - deberá estar justificado por el tema, su complejidad y su extensión.
Nº desproporcionado de personas autoras - podrá reducir la calificación asignada a una aportación.
En todo caso, el solicitante debe justificar su contribución a cada una de las aportaciones en coautoría.
También se considerará el número de páginas de la aportación. Un número muy reducido podrá disminuir la calificación asignada a una aportación
Se valorará de manera positiva la publicación en abierto en repositorios institucionales de datos, código y resultados de dichas contribuciones.
Las aportaciones en revistas con una publicación masiva de números especiales serán objeto de especial revisión por la comisión, que analizará si los contenidos suponen avances científicos relevantes.
Artículos: publicados en revistas de reconocida valía, aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes dentro del listado correspondiente a su categoría científica en el «Journal Citation Reports (JCR) Science Edition».
Cada aportación podrá ser valorada, con carácter general, como de relevancia alta, media o baja, a criterio del Comité y de las personas expertas,
En función de aspectos tales como:
(para los congresos que no se encuentren en el GII-GRIN-SCIE se considerará otro de similar entidad),
Además de: número de citas (descartando las autocitas), número de páginas, número de firmantes, y naturaleza de la aportación
Evaluación positiva – Requisitos mínimos para evaluación positiva Con carácter orientador y no excluyente, es condición necesaria pero no suficiente cumplir presentar al menos*: |
Ingenierías de la Comunicación, Computación y Electrónica |
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*Consultar siempre el literal de los criterios mínimos en el texto de la Resolución
JCR de referencia - será el del año de publicación del artículo. Para artículos publicados en el año de la convocatoria será el último JCR publicado.
Fuente: Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. [BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022]
Patentes en explotación:
Concedidas mediante sistema de examen previo (tipo B2).
Patentes en explotación en ámbito internacional - relevancia alta.
Patentes en explotación en ámbito nacional - relevancia media.
*Las patentes nacionales extendidas mediante el tratrato de cooperación (PCT) se considerarán de relevancia alta únicamente si acreditan estar siendo explotadas en un ámbito internacional.
Campos donde las patentes no sean de aplicación (programas informáticos, etc.): el solicitante deberá presentar evidencias de que la aportación supone un desarrollo tecnológico equiparable a una patente.
Otras formas de protección de la propiedad intelectual de la propiedad industrial o intelectual - Criterios de valoración:
Reconocimiento y explotación en un ámbito internacional - relevancia alta.
Reconocimiento y explotación en un ámbito nacional - relevancia media.
Fuente: Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. [BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022]
Actas de congresos: cuando sean vehículo de difusión del conocimiento comparable a las revistas incluidas en el JCR Science Edition, por ejemplo:
Cada aportación de este tipo podrá ser considerada, con carácter general, como de relevancia media o de poca relevancia a criterio del Comité y en función de aspectos como:
Las aportaciones extraordinarias que no se puedan incluir en este apartado solo se tendrán en consideración en el caso de que constituyan méritos de excepcional relevancia.
Fuente: Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. [BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022]
También se podrán valorar los desarrollos tecnológicos (por ejemplo, artefactos informáticos). La persona solicitante deberá presentar evidencias de su impacto y relevancia.
No se considerarán como aportaciones ordinarias, aun estando publicadas en medios de reconocida valía: cartas a la persona editora y todas aquellas aportaciones que no tengan una extensión mínima, que no aporten contribución original al conocimiento o que no hayan tenido impacto relevante en la comunidad científica, como notas o discusión de otros artículos, así como aquellas que no cumplan alguno de los criterios indicados en los apartados anteriores.
NO serán consideradas relevantes para la evaluación los siguientes tipos de publicaciones:
Los libros de texto, programas, apuntes o casos prácticos que tengan carácter de material docente.
Los libros de carácter profesional que no puedan considerarse libros de investigación por no incluir aportaciones originales contrastables en relación con el tema abordado.
Los libros y artículos de divulgación, así como los artículos en revistas de información general.
Las ediciones de textos o las traducciones, salvo que se consideren de singular relevancia, incluyan estudios preliminares o notas que sean fruto de una investigación personal y supongan una aportación apreciable a su campo temático.
Las meras revisiones recopilatorias, sin ninguna aportación original, aunque estén publicadas en revistas indexadas.
La gestión de la investigación, que en ningún caso debe confundirse con la investigación propiamente dicha.
Los informes o dictámenes derivados de proyectos de investigación o contratos de I+D+i, emitidos con carácter interno, que no estén publicados en medios de difusión de calidad contrastada.
La actividad profesional que no incorpore innovación, y como tal aparezca reconocida en alguna publicación de impacto nacional o internacional.
Realización o dirección de Tesis Doctorales que no sean de excepcionalidad contrastada. Lo que se valora son las publicaciones derivadas de las mismas.
Aportaciones a Comités o entidades de normalización.
Las aportaciones extraordinarias que no se puedan incluir en cualquiera de los apartados de valoración solo se tomarán en consideración en el caso de que constituyan méritos de excepcional relevancia.
Fuente: Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. [BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022]
Nº de personas autoras - deberá estar justificado por el tema, su complejidad y su extensión.
Nº elevado de autorías - podrá reducir la calificación asignada a una aportación.
Patentes en explotación: demostrada mediante contrato de compraventa o contrato de licencia.
Patentes concedidas por la Oficina Española de Patentes y Marcas mediante el sistema de examen previo.
Se tendrá en cuenta la extensión de la protección de la patente (nacional, europea, internacional), valorándose más la de protección más extensa.
Evaluación positiva – Requisitos mínimos Deberán cumplir al menos alguno estos requisitos mínimos*: |
Subcampo 6.3. Arquitectura, Ingeniería Civil, Construcción y Urbanismo. |
|
Fuente: Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. [BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022]
Nº de personas autoras - deberá estar justificado por el tema, su complejidad y su extensión.
Nº elevado de autorías - podrá reducir la calificación asignada a una aportación.
Artículos: publicados en revistas de calidad reconocida, aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes en los listados por ámbitos científicos en el «Journal Citation Reports (JCR), Science Edition o Social Sciences Edition» así como en los listados de «Scimago Journal Rank (SJR)» en el año de su publicación.
Quedan excluidas de este punto aquellas aportaciones que aunque estén publicadas en estos medios de reconocida valía no tengan una mínima extensión, como notas o contestaciones de otros artículos, etc
JCR de referencia - será el del año de publicación del artículo. Para artículos publicados en el año de la convocatoria será el último JCR publicado.
Revistas de alta relevancia - primer y segundo cuartil.
Revistas de relevancia media - tercer cuartil.
Revistas de relevancia baja - cuarto cuartil.
ÁREAS DE ARQUITECTURA | Se tendrán en cuenta también los artículos publicados en revistas recogidas en bases de datos internacionales como «Arts and Humanities Citation Index de Web of Science». También se considerarán artículos publicados en revistas incluídas en base de datos internacionales como Avery Index to Architectural Periodical o Riba Online Catalogue. Se valorará la inclusión de la revista en más de una base de datos. |
Fuente: Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. [BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022]
Nº de personas autoras - deberá estar justificado por el tema, su complejidad y su extensión.
Nº elevado de autorías - podrá reducir la calificación asignada a una aportación.
Libros y capítulos de libros: publicados en editoriales de reconocido prestigio, especialmente internacional, y con un procedimiento selectivo para la aceptación de originales, según sistemas reseñados en el Scholarly Publishers Indicators o hayan obtenido el sello de Calidad en Edición Académica (CEA-APQ).
Se tendrá en cuenta también:
Quedan específicamente excluidos los libros o capítulos de libro autopublicados o financiados por la persona autora
ÁREAS DE ARQUITECTURA: se valorarán también los libros y capítulos de libro que figuren en el catálogo de Avery y/o Riba.
También las publicaciones resultantes de congresos internacionales de reconocido prestigio, siempre que sean vehículo de difusión del conocimiento comparable a las revistas incluidas en el JCR, SJR, Cite Score o estén publicadas en editoriales incluidas en SPI o editoriales que hayan obtenido el sello de Calidad en Edición Académica (CEA-APQ)
En dichos casos, cada aportación podrá ser considerada, con carácter general, como de relevancia media o de poca relevancia a criterio del Comité, y en función de aspectos como posición en los índices citados, número de páginas, número de firmantes y naturaleza de la aportación
Fuente: Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. [BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022]
Fuente: Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. [BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022]
Fuente: Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. [BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022]
Video de la presentación de criterios de evaluación y consejos de los comités de los campos 2, 6.1, 6.2 y 6.3 en la cuarta sesión del evento #ConversacionesConANECA el día 17 de enero de 2023.
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