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Sexenios: cómo encontrar indicios de calidad en las publicaciones

Tutorial de ayuda para acudir a la convocatoria de sexenios de investigación de la CNEAI / ANECA

Áreas del campo 11

Áreas del campo 11 

Filosofía, Filología y Lingüística

040. BIBLIOTECONOMÍA Y DOCUMENTACIÓN

285. ESTUDIOS ARABES E ISLÁMICOS

290. ESTUDIOS HEBREOS Y ARAMEOS

320. FILOLOGÍA ALEMANA

325. FILOLOGÍA CATALANA

327. FILOLOGÍA ESLAVA

330. FILOLOGÍA ESPAÑOLA*

335. FILOLOGÍA FRANCESA

340. FILOLOGÍA GRIEGA

345. FILOLOGÍA INGLESA

350. FILOLOGÍA ITALIANA

355. FILOLOGÍA LATINA

360. FILOLOGÍA ROMANICA

365. FILOLOGÍA VASCA

370. FILOLOGÍAS GALLEGA Y PORTUGUESA

375. FILOSOFÍA

380. FILOSOFÍA DEL DERECHO, MORAL Y POLÍTICA*

381. FILOSOFÍA DEL DERECHO

383. FILOSOFÍA MORAL

567. LENGUA ESPAÑOLA

568. ESTUDIOS DE ASIA ORIENTAL

573. LINGÜÍSTICA APLICADA A LA TRADUCCIÓN E INTERPRETACION*

575. LINGÜÍSTICA GENERAL

580. LINGÜÍSTICA INDOEUROPEA

583. LITERATURA ESPAÑOLA

585. LÓGICA Y FILOSOFÍA DE LA CIENCIA

795. TEORÍA DE LA LITERATURA*

796. TEORÍA DE LA LITERATURA Y LITERATURA COMPARADA

814. TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN

 

Fuente: Resolución de 18 de noviembre de 2009, de la Presidencia de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se establecen los criterios específicos en cada uno de los campos de evaluación. (BOE 09/12/2009. Ápendice II.)

Filosofía, Filología y Lingüística: criterios específicos

Todas las aportaciones deberán ser clasificables como ordinarias según la Orden de 2 de diciembre de 1994. Las aportaciones serán valorables si representan algún tipo de avance del conocimiento o una innovación de carácter metodológico, y se dará preferencia a los estudios analíticos y comparados frente a los puramente descriptivos. No se considerarán las aportaciones que sean reiteraciones de trabajos previos, salvo si contienen elementos claramente innovadores.

 

Nº de personas autoras - Salvo que estuviera plenamente justificado por la complejidad del tema, las exigencias metodológicas, el carácter multidisciplinar, la extensión del trabajo o ser resultado de un proyecto de investigación compartido, un número mayor de dos cofirmantes puede reducir la calificación asignada a una aportación. En cualquier caso, la persona solicitante deberá explicar siempre su aportación específica

Criterios específicos

Artículos: Se atenderá al contenido de la aportación, su relevancia científica y al impacto del medio de difusión en el que se haya publicado.

La inclusión de las revistas en bases de datos internacionales se considerará una referencia de calidad, específicamente las indexadas en las bases de datos de referencia del área específica a la que pertenezcan, que deberá ser al menos de nivel medio

  •  Para ello se considerará la información ofrecida en los índices de la Web of Science(«Arts and Humanities Citation Index», «Journal Citation Reports (JCR)», «Journal Citation Indicator (JCI)», etc.), Scopus («Scimago Journal Rank (SJR)», «Cite Score»), «MIAR (Matriz de Información para el Análisis de Revistas)», «CARHUS», el ranking de revistas científicas españolas con sellos de calidad FECYT y la Clasificación Integrada de Revistas Científicas CIRC. 
  • Adicionalmente, se podrán considerar otras revistas nacionales e internacionales que, pudiendo estar incluidas en diferentes bases de datos, presenten, a juicio del comité asesor, indicios de calidad equiparables y, en todo caso, cumplan los requisitos señalados en el apéndice de esta Resolución para ser consideradas de impacto. 

No se tendrán en cuenta: 

  • Las publicaciones de cuyo comité redacción forme parte la persona solicitante.
  • La mera indización o indexación de una publicación en un repertorio o una base de datos sin que incluya índices de gradación no es en sí misma un indicio de calidad.

En todo caso, habrá de cumplir los requisitos señalados en el apéndice de esta Resolución para ser consideradas de impacto. Las revistas exclusivamente electrónicas se juzgarán con los mismos criterios.

 

Evaluación positiva – Requisitos mínimos para evaluación positiva

Deberán cumplir al menos alguno de estos requisitos mínimos*:

  • 1 monografía
  • 2 artículos de revista
  • 1 artículo + 1 capítulo de libro

*Consultar siempre el literal de los criterios mínimos en el texto de la Resolución 


FuenteResolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. [BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022]

Libros y capítulos de libro.

Se tendrá en cuenta:

  • especialmente los publicados en editoriales de reconocido prestigio y con un procedimiento selectivo para la aceptación de originales, según sistemas recogidos en el Scholarly Publishers Indicators o en IE-CSIC. Del mismo modo, también se tendrán en cuenta editoriales que hayan obtenido el sello de Calidad en Edición Académica (CEA-APQ).
  • el número y carácter de las citas recibidas, las reseñas y críticas en revistas especializadas, la colección, la traducción a otras lenguas, los informes de revisión editorial, etc., datos que deberán ser aportados por la persona solicitante en el apartado de indicios de calidad.
  • La publicación en español o en otras lenguas cooficiales, cuando esté debidamente justificada por la naturaleza de la investigación, no podrá considerarse un demérito.
  • la persona solicitante deberá señalar el avance del conocimiento o la innovación metodológica que supone su aportación, y mostrar que es fruto de la investigación o de la reflexión documentada.

Se considerarán las aportaciones de investigación, las ediciones críticas que presenten un estudio razonado de la fijación del texto, con la correspondiente mención de fuentes, variantes textuales y que lleven un estudio introductorio que suponga una aportación al conocimiento. Este mismo criterio se aplicará a las traducciones. Por el contrario, las simples revisiones de textos para su publicación, no merecerán esta consideración.

No serán consideradas como nuevas aportaciones las traducciones de la propia obra a otras lenguas. No se considerarán como aportaciones diferentes capítulos de una obra con el mismo ISBN.

La reiterada publicación en los medios editoriales institucionales y públicos podrá reducir la ponderación final de la evaluación. Con carácter orientativo podrán utilizarse las clasificaciones publicadas en Scholarly Publishers Indicators o en IE-CSIC.

 

FuenteResolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. [BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022]

Se considerarán las aportaciones de investigación: las ediciones críticas que presenten un estudio razonado de la fijación del texto, con la correspondiente mención de fuentes, variantes textuales y que lleven un estudio introductorio que suponga una aportación al conocimiento. Este mismo criterio se aplicará a las traducciones.

 

Las simples revisiones de textos para su publicacián no merecerán esta consideración.

 

En el campo de la Estética y la Teoría de las Artes, también se estimará el comisariado de exposiciones en cuyos catálogos se aporten novedades relevantes de investigación con repercusión en los medios especializados nacionales e internacionales, ajustándose, en su caso, a lo establecido para estas actividades en el punto 5 de los criterios propios de campo 10 incluidos en esta misma Resolución.

Se valorará desfavorablemente la reiterada publicación de trabajos en revistas o editoriales pertenecientes o asociadas al mismo organismo donde el solicitante realiza su investigación, así como que las distintas aportaciones se dupliquen o resulten iterativas sin efectiva innovación. 

No se tomarán en consideración:

a) Los libros de texto o manuales.

b) Las obras de divulgación.

c) Las enciclopedias (entradas o edición).

d) Los artículos de opinión, los de divulgación, antologías o diccionarios comunes.

e) Las actas de congresos y los volúmenes de homenaje, que no respondan a criterios de calidad equiparables a los exigidos para las revistas científicas, es decir los señalados en el punto 3, y para libros y capítulos de libro señalados en el punto 4 y, en todo caso, los incluidos en el apéndice de esta Resolución.

FuenteResolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. [BOE nº 305. Miércoles 21 de diciembre de 2022]

#ConversacionesConANECA (9, 10 y 11)

Video de la presentación de criterios de evaluación y consejos de los comités de los campos 9, 10 y 11 en la primera sesión del evento #ConversacionesConANECA el día 17 de enero de 2023

 

Tablas orientativas de interpretación de los criterios

 

CONVOCATORIAS ANTERIORES

Herramientas para la localización de indicios de calidad: Filosofía, Filología y Lingüistica

Una primera aproximación:

 

MIAR (Guías UPO)

 

                                                                            UPOinvestiga (Guías UPO)

Inclusión en base de datos internacionales:

 

A&HCI (Guías UPO)

 


 

JCR SSCI  (Guías UPO)

 


 

 

ESCI (Guías UPO)

 


 

Scimago Journal Rank (Guías UPO)

Herramientas especializadas:

 

RETI (Traducción e interpretación)

Indicadores de calidad editorial:

 

Scholarly Publishers Indicator (Guías UPO)

 

 


 

Sello CEA-APQ  (Guías UPO)

 

                                           

              IE-CSIC : Índice de evaluación de editoriales (Guías UPO)

 

 

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Master Book List-Book Citation Index

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Catálogo REBIUN (Guías UPO)

 


 

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