027. ANATOMÍA Y EMBRIOLOGÍA HUMANA
050. BIOLOGÍA CELULAR
055. BIOLOGÍA VEGETAL
060. BIOQUÍMICA Y BIOLOGÍA MOLECULAR
063. BOTÁNICA
080. CIENCIAS MORFOLÓGICAS
315. FARMACOLOGÍA
41O. FISIOLOGÍA
412. FISIOLOGÍA VEGETAL
420. GENÉTICA
443. HISTOLOGÍA
566. INMUNOLOGÍA
630. MICROBIOLOGÍA
Fuente: Resolución de 18 de noviembre de 2009, de la Presidencia de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se establecen los criterios específicos en cada uno de los campos de evaluación. (BOE 09/12/2009. Ápendice II.)
Nº de autores -
El número de autores deberá estar justificado por el tema, su complejidad y su extensión. Como principio general, un número elevado de autores implicará la aplicación de un factor de reducción en la valoración del trabajo si sus exigencias de contenido y metodología no lo justifican
Artículos: publicados en revistas de reconocida valía, aceptándose como tales las que ocupen posiciones relevantes dentro del listado correspondiente a su categoría científica en el «Journal Citation Reports (JCR) Science Edition».
Los artículos deberán estar publicados en revistas que pertenezcan a las categorías científicas del campo de Biología Celular y Molecular y del ámbito de las Biociencias moleculares en general.
JCR de referencia - será el del año de publicación del artículo. Para artículos publicados en el año de la convocatoria será el último JCR publicado.
Evaluación positiva – Requisitos mínimos para evaluación positiva Deberán cumplir al menos alguno de estos requisitos mínimos*: |
Biología Celular y Molecular |
|
*Consultar siempre el literal de los criterios mínimos en el texto de la Resolución
Fuente: Resolución de 12 de noviembre de 2019, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. [BOE nº 288. Martes 26 de noviembre de 2019]
Libros y capítulos de libros: se considerarán contribuciones extraordinarias.
Criterios de evaluación: prestigio internacional de la editorial, los editores, la colección en la que se publica la obra, y las reseñas recibidas en las revistas científicas especializadas.
No se aceptará más que una aportación de este tipo entre las presentadas.
Fuente: Resolución de 12 de noviembre de 2019, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. [BOE nº 288. Martes 26 de noviembre de 2019]
Las solicitudes que presenten patentes podrán ser valoradas, previo informe del comité, por el Campo 6.
Patentes en explotación: demostrada mediante contrato de compraventa o contrato de licencia.
Patentes en explotación nacional: podrá valorarse como equivalente a una publicación de nivel alto-medio.
Patentes en explotación internacional o europea: podrán valorarse como equivalentes a una publicación de nivel alto.
Patentes concedidas sin explotación: sólo se valorarán si la concesión se ha llevado a cabo con examen previo (tipo B2).
La presentación de una patente y de un artículo vinculado con el desarrollo de la misma o sus resultados no se valorarán como dos aportaciones distintas.
Fuente: Resolución de 12 de noviembre de 2019, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación. [BOE nº 288. Martes 26 de noviembre de 2019]
Video de la presentación de criterios de evaluación y consejos de los comités de los campos 2, 3, 4 y 5 en el evento #ConversacionesConANECA el día 14 de enero de 2021
Estas tablas fueron hechas públicas por ANECA el día 4 de febrero de 2021.
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