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Acreditación del profesorado universitario: PEP y DEVA-AAC

Acreditación para las figuras de profesor contratado doctor, profesor ayudante doctor y profesor de universidad privada por la ANECA y la AAC-DEVA

Para poder participar en los concursos de acceso a las figuras de profesor universitario contratado (profesor contratado doctor, profesor ayudante doctor y profesor de universidad privada) es requisito previo estar acreditado por el Programa de Evaluación del Profesorado para la contratación (PEP) de la ANECA o por la Dirección de Evaluación y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento (DEVA-AAC).

 La acreditación supone la obtención de una evaluación positiva del currículum docente e investigador del interesado/a.

  • La acreditación obtenida a través de la ANECA es válida para poder participar en concursos de cualquier universidad pública española
  • La acreditación obtenida a través de la DEVA es válida para poder participar en concursos solamente de universidades públicas andaluzas.

Esquema de tipología de profesores universitarios

 Es necesario obtener la evaluación positiva de la ANECA o la AAC para las siguientes figuras: 

  1. Profesores ayudantes doctores, son contratados para desarrollar tareas docentes e investigadoras con carácter temporal, y dedicación a tiempo completo. La duración del contrato no podrá ser inferior a un año ni superior a cinco, .
  2. Profesores contratados doctores, estos contratos se celebrarán con doctores con el objetivo de que desarrollen con plena capacidad tareas de docencia y de investigación, o prioritariamente de investigación. Los requisitos para superar la evaluación positiva de la ANECA o la AAC son distintos y más exigentes que los que se piden a quienes aspiran a las figuras de ayudante doctor, y coinciden con los que se requieren para ser acreditado como profesor de universidad privada. Los contratos serán de carácter indefinidos y con dedicación a tiempo completo.
  3. Profesores  de  universidades privadas, no es requisito la acreditación, pero tenerla incrementa las oportunidades de ser contratado. La ley exige que el 50 %  del profesorado de la universidad privada tenga el título de doctor, y que el 60% hayan obtenido la evaluación positiva de la ANECA o la AAC.
  • El objetivo de estos programas es garantizar mínimos ya que después las universidades son las que seleccionan entre los acreditados.

  • Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
  • Real Decreto 1052/2002 , de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la obtención de la evaluación de  La Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.
  • Resolución de 18 de febrero de 2005 , de la Dirección General de Universidades (BOE de 4 de marzo), por la que se modifican determinados aspectos del procedimiento de presentación de solicitudes y los criterios de evaluación establecidos en la  Resolución de 17 de octubre de 2002 y de 24 de junio de 2003.
  • Orden CNU/1117/2018, de 8 de octubre , por la que se establece la obligatoriedad de utilizar medios electrónicos para la presentación de solicitudes, las comunicaciones y las notificaciones en el procedimiento para la obtención de la evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación y su certificación, a los efectos de contratación de personal docente e investigador universitario.
                           
 
 
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  • Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

  • Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de eneropor el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades 

  • REAL DECRETO 989/2008, de 13 de junio, por el que se regula la contratación excepcional de profesores colaboradores 

  • RESOLUCIÓN de 15 de diciembre de 2005, de la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria, por la que se establece el procedimiento de evaluación para las figuras contractuales del profesorado del Sistema Universitario Andaluz  

  • CORRECCIÓN de errores de la resolución de 15 de diciembre de 2005, de la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria, por la que se establece el procedimiento de evaluación para las figuras contractuales del profesorado del Sistema Universitario Andaluz (inclusión de los anexos 1 a 4 de la resolución original) 

  • Anuncio de 28 de mayo de 2013, de la Dirección Gerencia de la Agencia Andaluza del Conocimiento, por la que se comunica que se ha aprobado el procedimiento de evaluación de la figura contractual de Profesorado Contratado Doctor con Vinculación Clínica al Sistema Sanitario Público de Andalucía, contemplado dentro del Sistema Universitario Andaluz 

 
 
 
DEVA-AAC
                           
          Dirección de Evaluación y Acreditación

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