Se deberá acreditar una experiencia docente universitaria relevante y diversa, siempre en relación con los encargos docentes realizados por los departamentos y la extensión de la carrera académica, así como con una valoración positiva de su calidad. También se valorará la actividad en proyectos y actividades de innovación docente, cuyos resultados deben incluir los identificadores persistentes y enlaces a contenidos y recursos educativos abiertos que se estimen convenientes, y la tutorización docente tanto reglada como de carácter voluntario. En todos los casos, se valorará el grado de internacionalización, de innovación, de apertura a la sociedad y de multidisciplinariedad o interdisciplinariedad de las contribuciones presentadas.
Situaciones excepcionales:
- Personas solicitantes que hayan desarrollado su carrera en instituciones no universitarias dedicadas a la investigación: siempre que acrediten resultados de investigación excepcionales, acreditados por los programas europeos ERC Consolidator Grant, Advanced Grant o Synergy Grant u otras convocatorias competitivas individuales internacionales comparables, podrán obtener la acreditación justificando actividades docentes de tutorización y dirección de trabajos académicos.
- Personas solicitantes que hayan desarrollado su carrera en universidades extranjeras de cómputos e instrumentos de medición de la calidad de la actividad docente difíciles de trasladar al sistema español: siempre que acrediten resultados excepcionales de investigación en los mismos términos, podrán obtener la acreditación justificando el encargo docente desempeñado.
- Adaptación del puesto de trabajo con reducción de las horas lectivas o modalización del cumplimiento de las obligaciones docentes debido a una situación transitoria de pérdida de capacidades o de protección de la maternidad si existe riesgo laboral o una situación reconocida de discapacidad: las exigencias de méritos docentes se modularán de acuerdo con la relevancia de la adaptación del puesto de trabajo acreditada.
Fuente: Criterios de evaluación y requisitos mínimos de referencia de los méritos y competencias requeridos para obtener la acreditación. Enlace
En todos los casos debe tratarse de docencia universitaria oficial (grado, postgrado o doctorado), o su equivalente en un sistema universitario extranjero. En el caso de PTU deberá acreditarse experiencia docente durante un mínimo de 4 años de dedicación a tiempo completo, o su equivalente a tiempo parcial. A estos efectos:
Además, deberán cumplirse los siguientes mínimos de horas o créditos impartidos:
Alternativamente, se podrá obtener reconocimiento del mínimo exigido en dedicación docente con la evaluación positiva de un quinquenio docente.
En la evaluación de los méritos de actividad docente realizada por las personas que se encuentren en alguna de las situaciones especiales, derivadas de permisos, excedencias o bajas, enumeradas en la Resolución de la Directora de ANECA de 28 de febrero de 2024, se disminuirán las exigencias de méritos relativos a años de docencia y horas lectivas impartidas de manera proporcional a la duración de los períodos de permiso, excedencia o baja acreditados.
Se valorará la complejidad de la docencia en función del número y diversidad de asignaturas impartidas, de la docencia en asignaturas de primer curso o en grupos numerosos (entendidos como aquellos que tienen una ratio alumnado/profesorado elevada con relación a la ratio media del área o la titulación), así como la impartición de docencia en distintos idiomas, o en centros o campus diferentes al de adscripción, entre otros factores. En los casos que queden suficientemente justificados, se elevará la puntuación obtenida en el apartado 2.1.1.
Además, en todos los casos y en aras de considerar la interdisciplinariedad, se valorará también la docencia que trascienda las áreas de conocimiento asignadas a la Comisión de acreditación que realice la evaluación
En el caso de PTU podrá aportarse un máximo de 2 contribuciones.
Se valorarán preferentemente los materiales docentes y los recursos educativos que estén disponibles en acceso abierto y sin restricciones a través de repositorios institucionales, temáticos o generalistas y que estén protegidos por licencias de tipo Creative Commons. Se valorará también que hayan sido sometidos a evaluación (por ejemplo: OCW, EdX, Coursera...).
En este apartado también se podrán presentar manuales y libros de texto con finalidad docente publicados, en función del prestigio de la editorial, de las personas al cargo de la edición, de la colección en la que se publica la obra, si la colección o el libro ha obtenido algún sello de calidad otorgado por una institución de reconocido prestigio, las reseñas recibidas, etc.
Orientativamente, y sin perjuicio de las características específicas que se pongan de relieve en la descripción narrativa de cada contribución, en el caso de PTU, el manual de una asignatura publicado en abierto podrá ser valorado con 3 puntos y con la mitad en caso de no estar en abierto.
En el caso de PTU podrá aportarse un máximo de 2 contribuciones.
Se entienden como actividades de formación a lo largo de la vida toda actividad formativa impartida, ya sea con reconocimiento de créditos ECTS o no, en cualquier formato diferente a la formación oficial de Grado, Máster o Doctorado. Así, se incluyen, entre otros, la organización o impartición de cursos de verano, títulos propios, microcredenciales, cursos de formación, cursos masivos online (MOOCs u otras variantes impartidas desde la propia institución o a través de plataformas), aulas de mayores etc., ya estén destinados al estudiantado propio o al de empresas, asociaciones, colegios profesionales u otras instituciones.
Orientativamente, y sin perjuicio de las características específicas que se pongan de relieve en la descripción narrativa de la contribución, en el caso de PTU, una actividad formativa impartida de 10 ECTS podrá ser cuantificada con 1 punto.
La calidad y el grado de innovación de la docencia impartida podrá acreditarse con los resultados obtenidos en programas de evaluación de docencia certificados o en proceso de implantación conforme al Programa DOCENTIA (o programas análogos de las agencias que forman parte de la Red Española de Agencias de Calidad Universitaria, REACU). En ese caso, las personas solicitantes podrán elegir que la evaluación de este apartado sea realizada de forma global teniendo en cuenta lo siguiente para evaluaciones que abarquen al menos 4 años en el caso de PTU:
Se podrá sumar la valoración de otras contribuciones previstas en los apartados siguientes (2.2.1 a 2.2.4), siempre que correspondan a períodos no evaluados mediante dicho programa.
En caso de que la persona solicitante no disponga de evaluaciones en el Programa DOCENTIA será evaluada de acuerdo con lo establecido en cada uno de los siguientes apartados (2.2.1 a 2.2.4).
La calidad de la actividad docente se evaluará de acuerdo con un autoinforme (conforme al modelo de la ANECA) que permitirá mostrar evidencias de la misma con una explicación narrativa de aspectos a destacar y mejorar de las siguientes dimensiones:
Se podrá alegar, entre otras evidencias:
En el caso de PTU podrá aportarse un máximo de 3 contribuciones.
Se podrá aportar:
En todos los casos se valorará la calidad de las actividades desarrolladas y los avances logrados; por ejemplo, en función de la financiación obtenida, de las instituciones o grupos implicados, del impacto en el aula y en la mejora de la calidad del profesorado, la elaboración de materiales en abierto, la participación o movilidad del alumnado, la mejora de las guías docentes, o la elaboración de Trabajos Fin de Grado o Trabajos Fin de Máster asociados.
Se valorarán también:
Orientativamente, y sin perjuicio de las características específicas que se pongan de relieve en la descripción narrativa de la aportación, la participación durante un año en un proyecto Erasmus+ podrá ser valorada con 5 puntos.
En el caso de PTU podrá aportarse un máximo de 3 contribuciones.
Se valorará la participación en actividades formativas para la mejora docente en función de su diversidad, duración, calidad, relevancia y resultados e impactos logrados. Por ejemplo, y sin ánimo de exhaustividad: cursos, talleres o seminarios, sea en técnicas, herramientas o metodologías que enriquezcan la docencia de la persona solicitante. Se valorará particularmente la efectiva puesta en práctica posterior en la docencia reglada de los conceptos cubiertos por estas actividades de formación.
Orientativamente, y sin perjuicio de las características específicas que se pongan de relieve en la descripción narrativa de la aportación, los cursos de formación docente inicial obligatorios exigidos en el artículo 78(b) de la LOSU podrán ser valorados con 5 puntos para PTU.
En el caso de PTU podrá aportarse un máximo de 3 contribuciones.
Se valorará la impartición de actividades formativas para la mejora docente análogas a las descritas en el apartado anterior, en función de su diversidad, duración, calidad, relevancia, y resultados e impactos logrados.
Orientativamente, y sin perjuicio de las características específicas que se pongan de relieve en la descripción narrativa de la aportación, la impartición de 20 horas de formación podrá ser valorada con 3 puntos.
En el caso de PTU podrá aportarse un máximo de 3 contribuciones. Cada contribución puede abarcar un conjunto de tutelas de la misma naturaleza.
Se valorará la actividad de tutorización o tutela docente individual desempeñada, de acuerdo con el encargo docente oficial, en función de su intensidad, duración, diversidad y grado de dedicación. Por ejemplo, sin ánimo de exhaustividad: dirección de Trabajos Fin de Grado, tutorización de estudiantes en prácticas externas curriculares y extracurriculares o en formación dual o alternancia, etc.
Orientativamente, y sin perjuicio de las características específicas que se pongan de relieve en la descripción narrativa de la aportación, la dirección de un Trabajo Fin de Grado de 6 ECTS podrá ser valorada con 1 punto para PTU.
En el caso de PTU podrá aportarse un máximo de 3 contribuciones. Cada contribución puede abarcar un conjunto de tutelas de la misma naturaleza.
Se valorará la actividad de tutorización o tutela docente individual desempeñada fuera del encargo docente oficial, en función de su intensidad, duración, diversidad y grado de dedicación. Por ejemplo, y sin ánimo de exhaustividad: tutorización de alumnado interno, de becas de iniciación a la investigación o de colaboración, de figuras análogas de los planes propios de la universidad/institución, de personal médico interno residente, de alumnado de nuevo ingreso en la universidad en el marco de un plan de acción tutorial, de alumnado con discapacidad, de estudiantes en movilidad entrante o saliente del programa Erasmus u otros programas internacionales, de estudiantes de ciclos formativos de grado superior, etc.
Orientativamente, y sin perjuicio de las características específicas que se pongan de relieve en la descripción narrativa de la aportación, la tutorización de una beca de colaboración durante un curso podrá ser valorada con 4 puntos para PTU.
Podrá aportarse un máximo de 3 contribuciones.
En esta sección se podrán presentar méritos de docencia, siempre que sean de naturaleza distinta a los presentables en el resto de apartados.
Se deberá acreditar una experiencia docente universitaria relevante y diversa, siempre en relación con los encargos docentes realizados por los departamentos y la extensión de la carrera académica, así como con una valoración positiva de su calidad. También se valorará la actividad en proyectos y actividades de innovación docente, cuyos resultados deben incluir los identificadores persistentes y enlaces a contenidos y recursos educativos abiertos que se estimen convenientes, y la tutorización docente tanto reglada como de carácter voluntario. En todos los casos, se valorará el grado de internacionalización, de innovación, de apertura a la sociedad y de multidisciplinariedad o interdisciplinariedad de las contribuciones presentadas.
Situaciones excepcionales:
- Personas solicitantes que hayan desarrollado su carrera en instituciones no universitarias dedicadas a la investigación: siempre que acrediten resultados de investigación excepcionales, acreditados por los programas europeos ERC Consolidator Grant, Advanced Grant o Synergy Grant u otras convocatorias competitivas individuales internacionales comparables, podrán obtener la acreditación justificando actividades docentes de tutorización y dirección de trabajos académicos.
- Personas solicitantes que hayan desarrollado su carrera en universidades extranjeras de cómputos e instrumentos de medición de la calidad de la actividad docente difíciles de trasladar al sistema español: siempre que acrediten resultados excepcionales de investigación en los mismos términos, podrán obtener la acreditación justificando el encargo docente desempeñado.
- Adaptación del puesto de trabajo con reducción de las horas lectivas o modalización del cumplimiento de las obligaciones docentes debido a una situación transitoria de pérdida de capacidades o de protección de la maternidad si existe riesgo laboral o una situación reconocida de discapacidad: las exigencias de méritos docentes se modularán de acuerdo con la relevancia de la adaptación del puesto de trabajo acreditada.
Fuente: Criterios de evaluación y requisitos mínimos de referencia de los méritos y competencias requeridos para obtener la acreditación. Enlace
En todos los casos debe tratarse de docencia universitaria oficial (grado, postgrado o doctorado), o su equivalente en un sistema universitario extranjero. En el caso de CU deberá acreditarse experiencia docente durante un mínimo de 10 años de dedicación a tiempo completo, o su equivalente a tiempo parcial. A estos efectos:
Además, deberá acreditarse un mínimo de 140 ECTS impartidos o 1400 horas, incluyendo las realizadas durante contratos predoctorales o postdoctorales.
Alternativamente, se podrá obtener reconocimiento del mínimo exigido en dedicación docente con la evaluación positiva de dos quinquenios docentes.
En la evaluación de los méritos de actividad docente realizada por las personas que se encuentren en alguna de las situaciones especiales, derivadas de permisos, excedencias o bajas, enumeradas en la Resolución de la Directora de ANECA de 28 de febrero de 2024, se disminuirán las exigencias de méritos relativos a años de docencia y horas lectivas impartidas de manera proporcional a la duración de los períodos de permiso, excedencia o baja acreditados.
Se valorará la complejidad de la docencia en función del número y diversidad de asignaturas impartidas, de la docencia en asignaturas de primer curso o en grupos numerosos (entendidos como aquellos que tienen una ratio alumnado/profesorado elevada con relación a la ratio media del área o la titulación), así como la impartición de docencia en distintos idiomas, o en centros o campus diferentes al de adscripción, entre otros factores. En los casos que queden suficientemente justificados, se elevará la puntuación obtenida en el apartado 2.1.1.
Además, en todos los casos y en aras de considerar la interdisciplinariedad, se valorará también la docencia que trascienda las áreas de conocimiento asignadas a la Comisión de acreditación que realice la evaluación
En el caso de CU podrá aportarse un máximo de 5 contribuciones.
Se valorarán preferentemente los materiales docentes y los recursos educativos que estén disponibles en acceso abierto y sin restricciones a través de repositorios institucionales, temáticos o generalistas y que estén protegidos por licencias de tipo Creative Commons. Se valorará también que hayan sido sometidos a evaluación (por ejemplo: OCW, EdX, Coursera...).
En este apartado también se podrán presentar manuales y libros de texto con finalidad docente publicados, en función del prestigio de la editorial, de las personas al cargo de la edición, de la colección en la que se publica la obra, si la colección o el libro ha obtenido algún sello de calidad otorgado por una institución de reconocido prestigio, las reseñas recibidas, etc.
Orientativamente, y sin perjuicio de las características específicas que se pongan de relieve en la descripción narrativa de cada contribución, en el caso de CU, el manual de una asignatura publicado en abierto podrá ser valorado con 1,5 puntos y con la mitad en caso de no estar en abierto.
En el caso de PTU podrá aportarse un máximo de 5 contribuciones.
Se entienden como actividades de formación a lo largo de la vida toda actividad formativa impartida, ya sea con reconocimiento de créditos ECTS o no, en cualquier formato diferente a la formación oficial de Grado, Máster o Doctorado. Así, se incluyen, entre otros, la organización o impartición de cursos de verano, títulos propios, microcredenciales, cursos de formación, cursos masivos online (MOOCs u otras variantes impartidas desde la propia institución o a través de plataformas), aulas de mayores etc., ya estén destinados al estudiantado propio o al de empresas, asociaciones, colegios profesionales u otras instituciones.
Orientativamente, y sin perjuicio de las características específicas que se pongan de relieve en la descripción narrativa de la contribución, en el caso de PTU, una actividad formativa impartida de 10 ECTS podrá ser cuantificada con 0,5 puntos.
La calidad y el grado de innovación de la docencia impartida podrá acreditarse con los resultados obtenidos en programas de evaluación de docencia certificados o en proceso de implantación conforme al Programa DOCENTIA (o programas análogos de las agencias que forman parte de la Red Española de Agencias de Calidad Universitaria, REACU). En ese caso, las personas solicitantes podrán elegir que la evaluación de este apartado sea realizada de forma global teniendo en cuenta lo siguiente para evaluaciones que abarquen al menos 10 años en el caso de CU:
Se podrá sumar la valoración de otras contribuciones previstas en los apartados siguientes (2.2.1 a 2.2.4), siempre que correspondan a períodos no evaluados mediante dicho programa.
En caso de que la persona solicitante no disponga de evaluaciones en el Programa DOCENTIA será evaluada de acuerdo con lo establecido en cada uno de los siguientes apartados (2.2.1 a 2.2.4).
La calidad de la actividad docente se evaluará de acuerdo con un autoinforme (conforme al modelo de la ANECA) que permitirá mostrar evidencias de la misma con una explicación narrativa de aspectos a destacar y mejorar de las siguientes dimensiones:
Se podrá alegar, entre otras evidencias:
En el caso de CU podrá aportarse un máximo de 6 contribuciones.
Se podrá aportar:
En todos los casos se valorará la calidad de las actividades desarrolladas y los avances logrados; por ejemplo, en función de la financiación obtenida, de las instituciones o grupos implicados, del impacto en el aula y en la mejora de la calidad del profesorado, la elaboración de materiales en abierto, la participación o movilidad del alumnado, la mejora de las guías docentes, o la elaboración de Trabajos Fin de Grado o Trabajos Fin de Máster asociados.
Se valorarán también:
Orientativamente, y sin perjuicio de las características específicas que se pongan de relieve en la descripción narrativa de la aportación, la participación durante un año en un proyecto Erasmus+ podrá ser valorada con 5 puntos.
En el caso de CU podrá aportarse un máximo de 6 contribuciones.
Se valorará la participación en actividades formativas para la mejora docente en función de su diversidad, duración, calidad, relevancia y resultados e impactos logrados. Por ejemplo, y sin ánimo de exhaustividad: cursos, talleres o seminarios, sea en técnicas, herramientas o metodologías que enriquezcan la docencia de la persona solicitante. Se valorará particularmente la efectiva puesta en práctica posterior en la docencia reglada de los conceptos cubiertos por estas actividades de formación.
En el caso de CU podrá aportarse un máximo de 6 contribuciones.
Se valorará la impartición de actividades formativas para la mejora docente análogas a las descritas en el apartado anterior, en función de su diversidad, duración, calidad, relevancia, y resultados e impactos logrados.
Orientativamente, y sin perjuicio de las características específicas que se pongan de relieve en la descripción narrativa de la aportación, la impartición de 20 horas de formación podrá ser valorada con 3 puntos.
En el caso de CU podrá aportarse un máximo de 6 contribuciones. Cada contribución puede abarcar un conjunto de tutelas de la misma naturaleza.
Se valorará la actividad de tutorización o tutela docente individual desempeñada, de acuerdo con el encargo docente oficial, en función de su intensidad, duración, diversidad y grado de dedicación. Por ejemplo, sin ánimo de exhaustividad: dirección de Trabajos Fin de Grado, tutorización de estudiantes en prácticas externas curriculares y extracurriculares o en formación dual o alternancia, etc.
Orientativamente, y sin perjuicio de las características específicas que se pongan de relieve en la descripción narrativa de la aportación, la dirección de un Trabajo Fin de Grado de 6 ECTS podrá ser valorada con 0,5 puntos para CU.
En el caso de CU podrá aportarse un máximo de 6 contribuciones. Cada contribución puede abarcar un conjunto de tutelas de la misma naturaleza.
Se valorará la actividad de tutorización o tutela docente individual desempeñada fuera del encargo docente oficial, en función de su intensidad, duración, diversidad y grado de dedicación. Por ejemplo, y sin ánimo de exhaustividad: tutorización de alumnado interno, de becas de iniciación a la investigación o de colaboración, de figuras análogas de los planes propios de la universidad/institución, de personal médico interno residente, de alumnado de nuevo ingreso en la universidad en el marco de un plan de acción tutorial, de alumnado con discapacidad, de estudiantes en movilidad entrante o saliente del programa Erasmus u otros programas internacionales, de estudiantes de ciclos formativos de grado superior, etc.
Orientativamente, y sin perjuicio de las características específicas que se pongan de relieve en la descripción narrativa de la aportación, la tutorización de una beca de colaboración durante un curso podrá ser valorada con 2 puntos para CU.
Podrá aportarse un máximo de 3 contribuciones.
En esta sección se podrán presentar méritos de docencia, siempre que sean de naturaleza distinta a los presentables en el resto de apartados.